DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido contra Auto Interlocutorio, interpuesto por la Abg. Abg. Elba Leonor Molina, Defensora Privada del ciudadano LEONEL ALFREDO RUIZ; tal acción de impugnación interpuesta en contra del fallo dictado 27 de Noviembre de 2013, por el Tribunal 4° en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, en ocasión a la Solicitud del Decaimiento de la Medida Privativa Preventiva de Libertad, formulada por la representación de la Defensa recurrente, en el proceso judicial que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de COAUTOR EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR y HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES; declarándose en la descrita providencia ju.....