Se dictó sentencia declarándose IMPROCEDENTE la solicitud presentada por la representación judicial del instituto demandado de acumulación del expediente Nº FP11-G-2012-000055 contentivo del recurso contencioso administrativo de nulidad incoado por la sociedad mercantil TODO CONCRETO, C.A. contra la Resolución Nº 0411/2011 dictada el diecinueve (19) de octubre de 2011 por el Presidente del INSTITUTO DE VIVIENDA, OBRAS Y SERVICIOS DEL ESTADO BOLÍVAR (INVIOBRAS BOLÍVAR), mediante la cual resolvió rescindir el contrato de obras Nº INVIOBRAS 001-2010: "Construcción de 50 viviendas unifamiliares Modelo (700 M2), estructura prefabricada en concreto, ubicadas en Parroquia 11 de Abril UD-128, San Félix, Municipio Caroní, estado Bolívar", con el proceso cursante en el expediente Nº FP11-G-2012-000101, contentivo la demanda que por ejecución de fianza incoare el INSTITUTO DE VIVIENDA, OBRAS Y SERVICIOS DEL ESTADO BOLÍVAR, (INVIOBRASBOLÍVAR) contra SEGUROS CARONÍ, C.A.