DECLARO: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Primer Teniente MARIANA SANTAMARIA CAMPOS, en su condición de Fiscal Militar Auxiliar Sexagésima a nivel nacional, contra la decisión dictada en fecha 01 de diciembre de 2016, por el Tribunal Militar Décimo Quinto de Control con sede en Maturín, estado Monagas, mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de flagrancia efectuada por el Ministerio Público Militar, por considerar que no se encuentran llenos los requisitos exigidos en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal; "... sin lugar la solicitud en cuanto se tome (sic) la audiencia de presentación como acto formal de imputación ..."; sin lugar la solicitud de medida de privación judicial preventiva de libertad por no reunir las exigencias dispuestas en los artículos 236, 237 y 238 ejusdem y declaró con lugar la solicitud efectuada por la Defensa Pública Militar y otorgó medida cautelar sustitutiva de libertad de conformidad con lo dispuesto en el .....