DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Militar en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público Militar por lo tanto se decreta la calificación de flagrancia, por considerar que los hechos atribuidos a los imputados constituyen la presunta comisión de los delitos militares de ABANDONO SE SERVICIO, previsto y sancionado en el artículo 534 en concordada relación con el articulo 537 y CONTRA LA SEGURIDAD DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el artículo 551 Ordinal 3º todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO. Se acuerda la aplicación del Procedimiento Ordinario en el presente Proceso. TERCERO: SIN LUGAR la solicitud de la Defensa Pública Militar y privada referente a que se decrete a su representado una Medida Menos Gravosa de las establecidas en el artículo 242 del Código.....