Por los razonamientos antes expuestos, este TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO CUARTO DE CONTROL DE GUASDUALITO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL MILITAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: Declara la Extinción de la Acción Penal, por haberse cumplido total y cabalmente con el Régimen de Prueba, impuesto en fecha 12DIC2012 por este Despacho, al ciudadano: YHONY JESÙS SAYAGO CARRIZALES, titular de la cédula de identidad Nº V.- 16.434.413, de 31 años de edad, de estado civil soltero, nacido 27 de enero de 1.982, natural y domiciliado en el Barrio El Paseo, Calle Palmera Nº 3, Casa Nº 09, Casigua, El Cubo, Municipio Jesús María Semprùn del Estado Zulia; quien fuera plaza del Comando Fluvial Fronterizo "TN. Jacinto Muñoz, por la comisión del delito militar de DESERCIÓN, previsto y sancionado en los artículos 523, 527 ordinal 1º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Decreta el Sobreseimiento de la Causa, a.....