este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: SIN LUGAR, la acción de Divorcio, incoada con fundamento en la causal tercera del Artículo 185 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente, interpuesta por el ciudadano LUIS ALBERTO PARDO VALERO, mayor de edad, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.597.590, de este domicilio, contra la ciudadana ROSSANA MARIA RODRÍGUEZ YÉPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.427.342 y de este domicilio. En consecuencia, queda firme el vínculo matrimonial que los une.