Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Décimo Tercero de Control con sede en la Fría estado Tachira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: PRIMERO: Con lugar la Detención en Flagrancia del ciudadano VELASQUEZ VELAZCO LUIS EDUARDO, Titular de Cédula de Identidad Nº V-20.880.065, del procedimiento efectuado por efectivos Militares del 253 Batallón de Caribe "Cnel. Genaro Vásquez", de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se ordena la prosecución del procedimiento Ordinario, de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud de Medida Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano VELASQUEZ VELAZCO LUIS EDUARDO, Titular de Cédula de Identidad Nº V-20.880.065; Por lo tanto este Tribunal Militar Décimo Tercero de Control de La Fría, por la presunta Comisión del Delit.....