Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar, interpuesta por los abogados RODOLFO PLAZ ABREU y JOSÉ GREGORIO TORRES RODRÍGUEZ, identificados en autos, actuando en sus carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil "CERVECERÍA POLAR, C.A.", contra la Resolución DH 010/2007 emitida en fecha 31 de octubre de 2007 y notificada el 5 de noviembre de 2007, por la Dirección de Hacienda del Municipio Autónomo Gran Sabana del Estado Bolívar.