´´´´Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara de oficio LA PÉRDIDA SOBREVENIDA DE LA JURISDICCIÓN en la presente causa y en consecuencia, se ordena: A) Efectuar el cierre informático del presente asunto en el sistema Juris 2000; B) Remitir esta causa signada con la nomenclatura KP02-U-2009-000019, a la GERENCIA REGIONAL DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACION ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), a los efectos de la tramitación del procedimiento de cobro ejecutivo. La remisión In comento, se efectuará una vez transcurra el lapso previsto en el artículo 98 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; C) Emitir el oficio de entrega, cuyos datos deberán asentarse en el libro de entrada y salidas de causas, incluyendo la fecha de su recepción y funcionario receptor; y.....