Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide: PRIMERO: SE EJECUTA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, la sentencia dictada por el Tribunal Militar Decimo Tercero de Control, de fecha 09/08/2016, mediante la cual se condenó a Un (01) año, tres (03) meses de prisión, a los ciudadanos C/1 GUTIERREZ SANTOS CRISTIAN ANTONIO, titular de la cédula de identidad N° 23.041.842 y SOLDADO ELISAUL JOSE VARGAS BORJAS, titular de la cédula de identidad N° 24.262.339, como autores en la comisión del delito militar de INSUBORDINACION, previsto en el artículo 512 numeral 2 y sancionado en el artículo 515 numeral 3; DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en el artículo 520 todos del Código Orgánico de Justicia Militar, más la pena accesoria es.....