Por todas las razones y consideraciones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Pedro José Troconis Da Silva, Defensor Privado, contra la sentencia de fecha 22 de Marzo de 2006, mediante la cual CONDENO al ciudadano LEONARDO SOTO MORENO, a cumplir la pena de DIECINUEVE (19) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, por la comisión del Delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 1º y 13º del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Queda ANULADA la Sentencia apelada, dictada por el Tribunal Mixto de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 2 de este Circuito Judicial Penal.
TERCERO: Se mantiene la medida de coerción que tenia el acusado LEONARDO SOTO MORENO antes de la celeb.....