Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, en uso de las atribuciones legales, declara ADMISIBLE, de conformidad con el artículos 447 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada NOHELIA ASUAJE ALVARADO, en su condición de Fiscal Auxiliar Vigésima Séptima del Ministerio Publico del Estado Lara, contra la decisión proferida en fecha 26 de Agosto de 2013, mediante la cual el Tribunal Quinto de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Absuelve a la ciudadana IRIS RAMONA GITIERREZ RAMONES, en el asunto principal Nº KP01-P-2011-004306. Se fija la Audiencia Oral para el día JUEVES 24 DE OCTUBRE DE 2013, A LAS 10:00 AM, a los fines de debatir los fundamentos del recurso conforme lo establece el encabezamiento del artículo 448 ibidem. Regístrese, Publíquese y Notifíquese.