DECLARO ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por las ciudadanas Abogadas MARVIN BETERMI DE RODRÍGUEZ y LETICIA NÚÑEZ DE RAMIREZ, Defensoras de los ciudadanos Soldado (EJ) EDGAR EDUARDO MARCHAN MARCANO titular de la cédula de identidad Nº 17.540.148 y Soldado (EJ) ERASMO AMAIS ROSAL, titular de la cédula de identidad Nº 15.113.567; de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal.