Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias con sede en San Cristóbal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 471 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, conforme a las previsiones del artículo 593, ordinal 2° del Código Orgánico de Justicia Militar y en virtud de lo señalado en el artículo 443 Numeral 2 del Código Orgánico de Justicia Militar, DECIDE: PRIMERO: Decreta la extinción de la pena impuesta a los penados DAVID ALEJANDRO GALVIS HEREDIA, titular de la cedula de ciudadanía Nro. 1.116.803.128 y JHONATAN ENRIQUE RANGEL PALOMINO, titular de la cedula de ciudadanía Nro. 17.589.012; quienes fueron condenados en fecha Uno (01) de Abril del año dos mil quince (2015), por el Tribunal Militar Undécimo de Control de San Cristóbal, estado Táchira, a cumplir la pena de diez (10) meses de prisión,.....