/Este Tribunal de Control No. 8, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA al ciudadano CARLOS ELIAS BELLO, ampliamente identificado en autos, conforme a lo señalado en el articulo 87 ordinal 3,5 6, en concordancia con el articulo 92 ordinal 8 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, se decretan las medidas de protección, consistente en la prohibición de acercarse a la victima, al lugar de su trabajo o residencia, se ordena la salida del presunto agresor de la residencia común de la victima, por el delito de AMENAZA y VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en los artículos 41 en su segundo aparte y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Se acuerda Procedimiento Especial de conformidad con el artículo 94 ejusdem. Regístrese Publíquese y Notifíquese a las.....