D E C I S I O N
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL DIVORCIO solicitado por los ciudadanos: NORKA MEREDITH BARON DE LEON y CONCEPCION ANTONIO LEON SIFONTES, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.565.633 y V- 10.661.830, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha 06 de Agosto del año 1.992, por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Sucre, del Estado Bolivar, según acta de matrimonio Nº 01, de fecha 06/08/1.992, inserta en el libro de Registro Civil de Matrimonio del año 1.992.
Definitivamente firme como haya quedado el presente fallo, remítanse los Oficios correspondientes para que el Registro Principal del Estado Bolívar y el Re.....