DECLARA: SIN LUGAR la recusación presentada en contra de la TENIENTE DE NAVIO ANAN MENDEZ RAMIREZ, Jueza del Tribunal Militar Décimo Octavo de Control, por el Abogado ULADISLAO SEGUNDO BRACHO ROA, en su condición de Defensor Privado, por no encontrase demostradas las causales invocadas en la recusación, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 95, 96 y 99, todos del Código Orgánico Procesal Penal.