Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la ACCIÓN LA ACCION CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana IRIA MARGARITA MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.846.043 respectivamente, asistida por el abogado JORGE A. RODRÍGUEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 90.085, contra el ciudadano JORGE LUIS VALERO MATHEUS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.266.285. No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. NOTIFIQUESE A LAS PARTES, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil. Librese las boletas respectivas.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. DÉJESE COPIA. CERTIFICADA.