Por todas las razones y consideraciones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECLARAR SIN LUGAR, el Recurso de Apelación contra la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 05 de éste Circuito Judicial Penal, dictada el día Veintidós (22) de Julio del 2005 y publicada el Diez (10) de Agosto del 2005, en el Juicio seguido contra el ciudadano JEAN CARLOS APONTE CAMACHO plenamente identificado en autos, por la comisión del HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el articulo en el articulo 407 en concordancia con el artículo 80, ambos del Código Penal vigente, más las penas accesorias, previstas en el artículo 13 del Código Penal a cumplir la pena de Once (11) Años y seis (6) meses de Presidio.