DISPOSITIVA
En mérito de los fundamentos que preceden, este Tribunal de Juicio Nº 4 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 numeral 8 eiusdem y artículo 108 numeral 7° del Código Penal, en la causa seguida al ciudadano YENDER DELGADO, C.I. Nº: 20.235.565, por la presunta comisión del delito de Perturbación causada en la tranquilidad publica y privada, tipificado en el artículo 506 del Código Penal vigente para el momento de ocurrir el hecho.
Notifíquese al Ministerio Público, a la Defensa y al Investigado.
Remítase las actuaciones al Archivo Judicial, a los fines de su conservación y archivo en su oportunidad legal. Regístrese, Publíquese, Cúmplase.
JUEZ DE JUICIO Nº 0.....