D I S P O S I T I V A
		
                      Por todo lo antes expuestos,  este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana  de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la pretensión,  intentada por el  ciudadano:  WILIANS  PUERTO, representado por los   Abg. Robinsón Gregorio Salcedo Briceño,   Ámbar Tayna  Vitoria Toro  y  Mirtha  Norys Vertiz, contra el ciudadano:  Marcello   Rolando Olmo Cuevas, todos   identificados en autos.    En consecuencia, se condena a la parte demandada a  pagar la suma de: DOS  MILLONES  SETECIENTOS   NOVENTA  Y DOS  MIL  SETECIENTOS  BOLIVARES (Bs. 2.792.700,oo) por concepto del monto total de los dos (2) cheques; CUATROCIENTOS  CUARENTA  Y SEIS MIL  OCHOCIENTOS  TREINTA  Y DOS  BOLIVARES (Bs. 446.832,oo)  por concepto de intereses calculados a la tasa  del 1% mensual sobre el monto de los cheques a partir del  03 de  Julio  del 2004;  La cantidad de  CIENTO  CINCUENTA  Y NUEVE  MIL  NOVECIENTOS  SETENTA  Y .....