DISPOSITIVA
Con fuerza a los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL MILITAR NOVENO DE CONTROL con sede en Punto Fijo, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decide: PRIMERO: De conformidad con el artículo 300 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, de aplicación supletoria por mandato expreso de los 20 y 592, ambos del Código Orgánico de Justicia Militar, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente investigación penal militar, en contra de la ciudadana, S2. COLINA RIVERO JOSELYN GREGORIA, titular de la cédula de identidad Nº V-16.351.862, incursa en la presunta comisión del delito militar de DESERCIÓN previsto en el artículo 523, en concordada relación con el numeral 1° de articulo 527 y sancionado en el artículo 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, por los hechos que dieron inicio a la investigación de fecha 26 de Enero de 2016, por cuanto quedó determinada la existencia de una causa de j.....