En fuerza a lo antes expuesto, este JUZGADO MILITAR DECIMO DE CONTROL CON SEDE EN LA CIUDAD DE MARACAIBO, ESTADO ZULIA; Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: De conformidad con los artículos 5, 8, 9, 13, 242 y 264, todos del Código Orgánico Procesal Penal, SE REVOCA LA MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que pesa sobre los hoy imputados ciudadanos ANUAR DAVID LOPEZ GOMEZ, indocumentado en el presente proceso penal militar, JOSE GUILLERMO CASTRO RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-24.376.815; MARIA ELENA RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-22.130.556; JOSE LUIS GONZALEZ ZAMBRANO, titular de la cédula de identidad Nº V-21.569.026; ENDER JOSE QUINTERO LARREAL, titular de la cédula de identidad Nº V-25.202.250; JORGE LARREAL FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-20.439.716, quienes se encuentran presuntamente incurso en la comisión de los delitos militares de RE.....