D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el Abogado JOSÉ IGNACIO GEOGE SOTO, Apoderado Judicial del querellante contra la sentencia de Amparo Constitucional, de fecha 20 de mayo de 2013, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara. En consecuencia:
PRIMERO: SE ORDENA ADMITIR la acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano LEONARDO MENDES DOS RAMOS contra la sentencia de fecha 09 de abril de 2013, contenida en el expediente KP02-V-2012-002871, dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Iribarren del Estado Lara.
SEGUNDO: SE ORDENA al Tribunal a quo se pronuncie a la brevedad del caso sobre la medida cautelar solicitada que se encuentr.....