Por las razones expuestas, este Tribunal de Control Nº 9, administrando justicia, en nombre  de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  de acuerdo a las previsiones legales contenidas en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena LA APREHENSION A NIVEL NACIONAL  del ciudadano  JOSE RAMON MARTINEZ VASQUEZ,  venezolano, cédula de identidad  17.012.069,  ampliamente identificado en autos,  por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES, previsto y sancionado en el Artículo 406 numeral 1  del Código Penal. Una vez lograda su captura deberán ser puestos a la orden de este tribunal a los fines de proceder conforme a las previsiones del Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena oficiar a los cuerpos de Seguridad del Estado. Se ordena oficiar a la oficina de Alguacilazgo  en virtud de que el mismo está cumpliendo régimen de presentaciones.   Cúmplase.