PRIMERO: Se impone al ciudadano SOLDADO EDUARDO JOSÉ GUTIERREZ ÁLVAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.669.885, presuntamente incurso en la comisión del delito militar de NEGLIGENCIA, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, consistente en: 1) Presentarse cada Quince (15) días ante la sede de este Tribunal Militar. 2) Prohibición de salida del país, sin la debida autorización de este Juzgador. 3) Mantener una conducta intachable y ejemplarizante, apegada a las normativas militares vigentes en la República Bolivariana de Venezuela, por el lapso que dure el presente proceso penal militar, para lo cual la unidad de adscripción deberá remitir trimestralmente a éste tribunal un (1) informe conceptual del precitado imputado. SEGUNDO: En cuanto al petitorio hecho por la Defensora Pública Militar , donde solicita la Libertad Plena de su representado, en razón a presuntas violaciones Constitucionales y Legales; no existen en las actas procesales elementos probatorios o de convicción.....