En mérito de lo anteriormente expuesto, la Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: HOMOLOGAR la transacción celebrada entre el ciudadano MAURICIO ANTONIO QUERALES, titular de la cédula de identidad Nº V-2596429, contra AGRICOLA DON DIEGO, C.A, AGROPECUARIA LA ROMANA,C.A y HACIENDA BUENOS AIRES C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, por imperio del Artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.