Por los razonamientos de hecho y derecho antes expuesto, es por lo que este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencia con sede en San Cristóbal, estado Táchira, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: De conformidad con los artículos 261 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 73, 75 y 479 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECLINA al Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, la presente causa seguida contra el ciudadano OMAR PASCUAL DUQUE RICO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.717.638, con fecha de nacimiento 05/09/1991, con domicilio y residencia en las Mesas de Seboruco, Barrio el Contento, Casa Nº 412, Municipio Rómulo Acosta, Estado Táchira, plaza de la 2101 Compañía de Comando de la 21 Brigada de Infantería, Contingente Se.....