Se DECLARA INADMISIBLE la apelación interpuesta por el Abogado JAIME ALBERTO PALACIOS, parte demandada reconviniente y suficientemente identificado en autos, contra el auto de fecha 17 de Enero de 2008, dictado por JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL. No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la decisión tomada.