DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado JORGE LUIS MOGOLLON en su condición de apoderado judicial del ciudadano DOUGLAS ABRAHAM ESCALONA PEREIRA M., contra decisión del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA de fecha 11 de Abril de 2007, que Negó la apelación interpuesta contra el auto de fecha 01-08-2000.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 248 ejusdem, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro.
Regístrese, publíquese y bájese oportunamente.