En mérito de los argumentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por Cobro de Diferencias de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales incoada por el ciudadano Pedro Guzmán, en contra de la sociedad mercantil Servicio Mecánico Orinoco (SEMECO, S.R.L.), todos plenamente identificados en autos.