Se dicta decisión en la cual este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA POR PROCEDENTE, la solicitud de sustitución de la medida de Privación preventiva de Libertad por una medida cautelar menos gravosa solicitada por la defensa de los imputados de marras, ciudadanos RODMY RAFAEL PEREZ RODRIGUEZ y WILMER ANTONIO SIVIRA, en los autos identificado, en consecuencia, se ACUERDA LA IMPOSICION DE LAS MEDIDAS CAUTELARES, esto es la imposición de las previstas en los literales 3 y 6 del articulo 256 del plurimencionado Código adjetivo Penal, presentación periódica cada Quince días por ante la Unidad receptora de Documentos Penales y Prohibición de comunicarse directa o indirectamente con la victima. Y así se resuelve. Ofíciese al a Unidad Receptora de Documentos Penales.