Por lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Militar Decimosexto de Control con sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la calificación de FLAGRANCIA, por considerar que se cumplen con los extremos jurídicos previsto en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: DECRETA CON LUGAR, la aplicación del Procedimiento Ordinario en el presente proceso, conforme a lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO:SE DECLARA CON LUGAR, la solicitud formulada por el Defensor Público Militar de LIBERTAD PLENA a favor del ciudadano ROMÁN JESÚS FIGUERA, C.I. V-25.852.498 , en virtud que las circunstancias de modo, lugar y tiempo no encuadran en la Calificación Jurídica y no puede atribuírsele la misma en cuanto al la solicitud de MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, se decreta CON LUGAR a favor del ciudadano CABO SEGUNDO YACKSON ENRIQUE QUIR.....