/Este JUZGADO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA, en razón de la cuantía, planteada por la Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, por motivo de DESALOJO POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por el ciudadano ALBERTO ANTONIO MARTÍNEZ BONILLA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.864.193 y de este domicilio, actuando en nombre propio y representación de la SUCESIÓN MARTINEZ SANCHEZ, identificada en el registro Único de información Fiscal (RIF) bajo el Nro. J-405495812, asistido por la Abg. MARÍA MUJICA PINEDA, quien se encuentra inscrita por ante el (INPREABOGADO), bajo el N° 256.791, contra el ciudadano HECTOR RAMÓN PEROZO GIMÉNE.....