DECLARO: INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE, conforme a lo previsto en el último aparte del artículo 250, en relación con lo previsto en el literal "c" del artículo 428 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto por los Abogados OSCAR J. LEAL DÍAZ y JOSÉ R. MARTÍNEZ GAMARRA, en su carácter de defensores privados, contra el auto dictado por el Tribunal Militar Tercero de Control con sede en Caracas, Distrito Capital, en fecha 3 de febrero de 2017 en el cual declaró sin lugar la solicitud de revisión de medidas sustitutivas de la privación judicial preventiva de libertad en la causa seguida al Capitán JOSÉ ALEXANDER GUERRA RODRÍGUEZ, por la presunta comisión de los delitos militares de FALSIFICACIÓN Y FALSEDAD, CONTRA LA ADMINISTRACIÓN MILITAR Y CONTRA EL DECORO MILITAR, previstos y sancionados en los artículos 568. 570 ordinal 2º y 565, respectivamente, del Código Orgánico de Justicia Militar; fundamentado en el artículo 439 numeral 5 del Código Orgánico Pro.....