Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Undécimo de Control con sede en San Cristóbal, estado Táchira, en Funciones de Guardiaadministrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE:PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA en la aprehensión del Ciudadano Sargento Segundo ARISTIZABAL DIAZ MAIKEL ARISTIDES, titular de la cédula de identidad Nº V-21.452.902, plaza de la Compañía de Apoyo del Comando de zona de la Guardia Nacional Bolivariana Nro. 21 Táchira, por la presunta comisión del delito militar deSUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, previsto y sancionado en el artículo en el artículo 570 numeral 1, con las agravantes establecidas en el artículo 402 numerales 10, 15 del Código Orgánico de Justicia Militar; SEGUNDO: ACUERDA EL TRAMITE DE LA PRESENTE CAUSA POR EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Pena.....