Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Militar Tercero de Ejecución de Sentencias, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 5, 471, 474 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, y el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, decide: PRIMERO: SE DECLARA FORMALMENTE EJECUTADA la sentencia dictada por el Tribunal Décimo de Control en contra del penado SARGENTO SEGUNDO ALBERTO JOSÉ VAAMONDE LLAMOZA, titular de la cedula de identidad N° 19.200.437, quien fue condenado a una pena DOS (2) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley señalada en el artículo 407 en sus numerales 1° y 2° del Código Orgánico de Justicia Militar; en lo que corresponde a la Inhabilitación Política y Separación del Servicio Activo. SEGUNDO: Como cómputo definit.....