DISPOSITIVA
	Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por motivo de DESALOJO DE  INMUEBLE fue  intentado por  el ciudadano TULIO  CASTILLO,   representado  por los  Abg. LENIN JOSE  COLMENAREZ  LEAL  y   RUDOLFH   JOSE  KREUBEL CAMERO,  en contra  de  la  ciudadana OLGA  VIRGINIA  MENDEZ  PEÑA, representada  por  la  Abg.  MARIA  EUGENIA  HERNANDEZ  ISACURA y contra y JILEN E. CASTILLO, representada por  AMILCAR RAFAEL VILLAVICENCIO LOPEZ, LENIN JOSE COLMENARES LEAL Y RUDOLFH JOSE KREUBEL CAMERO   todos  plenamente  identificados  en  autos.  En consecuencia: ------------------------------
1.- Se condena a la parte demandada al  desalojo  del inmueble  constituido por una Casa-Quinta signada con el número 2, ubicada en la manzana "J" de la Urbanización del Este, Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara. 
2.- se  condena  a .....