III
DISPOSITIVO
En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los de cujus DILSON JOSÉ PRIMERA y ESMERALDA BEATRIZ CABRERA de PRIMERA, titulares de las cédulas de identidad números V-5.105.309 y V-4.759.998, respectivamente, a los ciudadanos NAIROBI COROMOTO PRIMERA CABRERA, NAIBY DEL VALLE PRIMERA CABRERA, NAIBELIS CAROLINA PRIMERA CABRERA, NAILIBETH ANDREINA PRIMERA CABRERA y DIXON JOSÉ PRIMERA CABRERA, titulares de las cédulas de identidad números V-13.130.659, V-13.363.076, V-15.402.622, V-16.833.348 y V-19.575.849, respectivamente; en su condición de hijos; y a la ciudadana KISSLAIDYS BEATRIZ PRIMERA PEREZ, titular de la cédula de identidad número V-26.827.868, en su condición de hija del de.....