D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación Interpuesto por el ciudadano Abogado Raúl de Pablos González, en su condición de Defensor Privado, actuando en asistencia de los ciudadanos acusados CARLOS EDUARDO MUÑOZ MARCHAN y LUIS RAFAEL MUÑOZ MARCHAN, en contra de la Sentencia Definitiva dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio Itinerante del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en fecha 29-09-2009, mediante la cual Condena a los acusados de autos, a cumplir la pena de DIECINUEVE (19) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de Robo Agravado en grado de Coautoría, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, y Violación en gra.....