Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara REVOCADA PARCIALMENTE la sentencia dictada, en fecha 6 de Noviembre del 2.007, inserto del folio 142 al 149, por la Jueza Profesional N°3, abogado LOLIMAR GARCIA HURTADO del Tribunal de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión de la Sala de Juicio con sede en puerto Ordaz, en lo atinente a que se haya extinguido el proceso como consecuencia de no haber subsanado la parte actora la cuestión previa relativa al defecto de forma del libelo de la demanda por no haberse acompañado al mismo los instrumentos en que se fundamenta la pretensión, que a decir de la Jueza a-quo lo constituye la pól.....