En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se declara Parcialmente Con Lugar la demanda interpuesta por los ciudadanos CARLOS CASTILLO y ANA VIOLETA CASTILLO, titulares de las cédulas de identidad Nro. V-12.698.709 y V-15.961.448, respectivamente contra TECNOCONGELADORES VENEZOLANOS C.A. (TECOVEN), condenándose al pago de los conceptos responsabilidad Subjetiva y Daño Moral, en los términos expuesto en la motiva del presente fallo. Así se decide.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dado el vencimiento parcial en ésta decisión.