DECLARO: PRIMERO: Se Decreta la Aprehensión del Ciudadano del ciudadano SARGENTO PRIMERO RUIZ CABRAL GUSTAVO ADOLFO, Titular de la Cedula de Identidad N° V-19.511.052, en Flagrancia de conformidad con los artículos 234 de la norma adjetiva penal y 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud que están llenos los extremos de estas normas up supra señaladas. SEGUNDO: Se Ordena la Continuación del Procedimiento por la vía Ordinaria, a efecto que se siguán las reglas del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en el artículo 373 de la norma adjetiva penal. TERCERO: SE ADMITE PARCIALMENTE LA PRECALIFICACION JURIDICA DADA A LOS HECHOS, en contra del ciudadano SARGENTO PRIMERO RUIZ CABRAL GUSTAVO ADOLFO, titular de la cedula de identidad Nº V-19.511.052, se admite por los delitos de INSUBORDINACIÓN, previsto en el artículo 512 Ord. 1°, y sancionado en el artículo 513, Ord. 2° y DESOBEDIENCIA, previsto en el artículo 519 y sancionado en el artíc.....