CONDENA al SARGENTO SEGUNDO ELADIO NEPTALY FLORES YUSPA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.947.087, domiciliado en el Casco Histórico, casa Nro. 32, calle amor patrio, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, Plaza del Destacamento Nro. 87 de la Guardia Nacional Bolivariana, por encontrarlo Culpable y Responsable de la Comisión de los Delitos Militares de: ULTRAJE A LA FUERZA ARMADA NACIONAL, previsto y sancionado en el Artículo 505 y ABANDONO DE DE SERVICIO, previsto en el Artículo 534 y sancionado en el artículo 537, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, A CUMPLIR LA PENA DE NUEVE (09) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN; más las penas accesorias contenidas en los numerales 1°, 2° y 3° del artículo 407 del Código in Comento, las cuales son "Inhabilitación Política por el tiempo de la Pena"; "Separación del servicio activo"; y "Perdida del derecho a premio", manteniéndose la Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad, impuesta por el Tribunal M.....