DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos quien suscribe Teniente Coronel BENIGNO ANTONIO MEDINA VALERO, actuando en mis funciones como Juez Militar Relator de este Consejo de Guerra San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Declara sin lugar la recusación presentada por el Abogado JOSE FLORENCIO CAMPOS ALVARADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 31.338, en su condición de abogado defensor del acusado Teniente MOISÉS ENRIQUE QUIJADA BARRETO, titular de la cédula de identidad número V-17.060.113, contra el ciudadano Coronel GERARDO ALBERTO ESCALANTE MONSALVE, Juez Militar Presidente del Consejo de Guerra San Cristóbal, conforme lo preceptuado en el artículo 89, numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena pasar el expediente (CJPM-CGSC-004-13) al Juez recusado, conforme a lo dispuesto en el art.....