Se dictó el fallo íntegro declarándose SOBREVENIDAMENTE INADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la sociedad mercantil C.E. MINERALES DE VENEZUELA, S.A., contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR por su presunta omisión de expedir la solvencia laboral ordenada en el auto Nº 2009-0717 dictado en fecha siete (07) de agosto de 2009.