DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA, para decidir en el presente asunto.
SEGUNDO: Se ACUERDA la acumulación de los expedientes KP02-O-2021-000090 y KP02-N-2021-000091, en el entendido de que la primera de las causas indicadas quedará contenida en la segunda, y por consiguiente, en ésta última se realizarán los sucesivos actos del proceso.
TERCERO: Se ordena el cierre del asunto KP02-O-2021-000090 dejando constancia en los libros de acta llevados por este Juzgado.