PRIMERO: Se le imparte su aprobación y se HOMOLOGA el DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO efectuado por el ciudadano ROBERTO REINOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.880.294, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 120.600, en su condición de apoderado judicial de la ciudadano ALEXANDER FUENTES FONSECA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 14.089.296, co-demandante de autos, procediéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, por lo que en tal sentido, queda terminado el procedimiento intentado por el citado ciudadano en contra de la empresa CONSORCIO URIAPARI, C.A.
SEGUNDO: La causa continuará su curso de ley en la fase procesal de Sustanciación y en el estado en que se encuentre y con respecto a los accionantes ciudadanos JESUS GABRIEL BOLIVAR ROJAS, JOSE LUIS ALVARADO SUAREZ, ERLIN DE JESUS CASTILLO VILLARREAL, JULIAN ALEXANDER MARTINEZ PEREZ, DENIS ANDRES LAREZ VERA, HUGO CESAR L.....