Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara esta actuación TITULO SUPLETORIO bastante para asegurar los derechos en la sucesión del causante FRANCISCO ANTONIO PEREZ, antes identificado y DECLARA COMO SUS ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos CARMEN DOLORES MELENDEZ de PEREZ, WILFREDO ANTONIO, CARMEN NORELY, NORMA BEATRIZ, WILMER ELEAZAR, NOREICY JOSEFINA PEREZ MELENDEZ, WUILFRAN EDUARDO y NORBELYS ROMELITH PEREZ CRESPO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-1.436.403, V-5.919.488, V-5.933.055, V-9.632.988, V-9.845.214, V-10.768.883, V-15.848.345 y V-17.620.210, respectivamente, quienes son venezolanos y mayores de edad, quienes como tal concurrirán a la herencia dejada por el de-cujus, dejando a salvo los derechos de terceros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificad.....