En base a las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero Agrario, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de Apelación ejercido por la abogada Luz Marina Araujo Rosales, actuando como apoderada judicial del querellante Domingo Salazar Perozo, en fecha 11 de junio de 2004 (f. 119) contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Agraria del Estado Lara, en fecha 28 de abril de 2004 (fs. 103 al 113). SE DECLARA SIN LUGAR la Querella Interdictal de Restitución por Despojo incoada por el ciudadano Domingo Salazar Perozo contra el ciudadano Nehomar Rafael Camacaro González, identificados en autos. SE REVOCA la Medida de Secuestro decretada por el A quo en fecha 03 de diciembre de 2003 y ejecutada por Tribunal Ejecutor comisionado en fecha 18 de diciembre de 2003. SE RATIFICA la Condenatoria en Costas al querellante por haber resultado vencido en el proceso, conforme al a.....